Obras en la finca

El local que tiene alquilado se verá afectado por unas obras en la finca. ¿Qué puede hacer?

Obras en la finca

En el inmueble se van a realizar unas obras que son de cierta importancia y durarán varios meses. Por ello, su local se verá afectado y no podrá desarrollar su actividad durante un tiempo, por lo que usted quiere saber cuáles son sus derechos al respecto.

En primer lugar, la ley concede al arrendatario –su empresa, en este caso– el derecho a suspender o incluso a desistir del alquiler sin pagar indemnización alguna, siempre que no se haya pactado lo contrario en el contrato y se den los siguientes requisitos:

  • Las obras han de ser necesarias para conservar el local en condiciones de ser utilizado o exigidas por la Administración Pública.
  • Además, es necesario que dichas obras impidan realizar la actividad para la que se alquiló el local. 

La ley no concreta durante cuánto tiempo debe existir la imposibilidad de desarrollar la actividad para que pueda darse la suspensión o el desistimiento. Pero desistir del contrato por unas obras de pocos días sería desproporcionado. Si no hay acuerdo, los tribunales decidirán según los inconvenientes y las circunstancias que se deriven del desalojo y traslado de los bienes existentes en el local.

Vea en qué consisten las dos opciones de las que dispone:

  • Suspensión. Si se opta por suspender el contrato, mientras duren las obras usted no deberá pagar la renta, ni tampoco correrá el plazo de duración pactado.
  • Desistimiento. Si prefiere desistir del contrato, podrá darlo por resuelto sin tener que pagar ninguna indemnización al propietario.

 

Nuestros profesionales le asesorarán y le ayudarán a valorar qué opción le conviene más en su caso concreto.  

 

 

DÑA.

DÑA. MERCEDES LAZARO VELO

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